Ley 9.688 | Se promulgó la Ley de Carrera Sanitaria con las modificaciones

Registrada bajo el número 9.688, se promulgó con fuerza de Ley de la provincia de Tucumán, la modificación de la Ley de carrera sanitaria Nº 5.908

 

Mediante el decreto P.L. 03/2023, que lleva la firma del gobernador de la provincia Juan Manzur y el Ministro de Salud de la provincia, Dr. Luis Medina Ruiz, se promulgó este miércoles la Ley 9.688, que modifica la antigua ley de carrera sanitaria que tenía vigencia desde 1988.

 

La norma sancionada es un logro para todo el personal de la salud, que tras años de desvalorización de su trabajo, encontraron por fin en un proyecto serio, diseñado y propuesto ante gobierno formalmente por el sindicato SUMAR, una luz de esperanza.

 

El primer obstáculo superado con la implementación del proyecto de modificaciones a la vieja ley de carrera sanitaria propuesto por SUMAR, es la recuperación de la pirámide salarial, donde a partir de ella cada quien ganará según su formación y responsabilidad.

 

«Ahora, con la aplicación de las modificaciones, podremos hablar de un antes y un después en la escala salarial de los empleados de la salud. Antes, todos los que pertenecían a las categorías B, C, y D, percibían un sueldo similar y muy bajo; ahora se recuperará la escala y todos, desde el nivel D hasta el nivel A, tendrán una coeficiente que le asegura una recomposición salarial acorde», explicó la Dra. Noemí Díaz sobre los alcances de la nueva norma.

 

El nuevo texto del artículo 24 se dice al respecto:

 

Art. 24.- La retribución del agente se compone de un sueldo básico correspondiente a su Nivel, de los adicionales y suplementos que correspondan a su situación de revista, condiciones especiales y asignaciones familiares.

 

El sueldo básico se denominará Asignación Básica de Nivel y resultará del producto del sueldo base de cálculo por el coeficiente que para cada Nivel se detalla:

 

NIVEL – COEFICIENTE

A3 – 7,4

A2 – 7,2

A1 – 7

B2 – 6

B1 – 5,6

C – 5

D – 4

 

Pero el proyecto presentado por SUMAR buscó más que esta revalorización de la escala salarial; también bregó para incentivar y reconocer el esfuerzo de los profesionales que eligen seguir formándose para brindar la mejor calidad en el servicio.

 

«Por otra parte, conseguimos que el personal profesional, asistencial y también el no asistencial, sea reconocido por sus especialidades, con un significativo incremento porcentual de su sueldo según el tiempo dedicado a la continuidad de su formación», destacó la líder sindical.

 

Las declaraciones de la Dra Noemí Díaz se ven reflejadas en el texto del flamante decreto:

 

4.- En el Art. 25, apartado 6, incorporar como inciso f el siguiente texto:

 

«f. Título de especialización expedido por establecimientos educativos provinciales o nacionales:

– De un (1) año, el 10% (diez por ciento) de la Asignación Básica de Nivel.

– De dos (2) años, el 20% (veinte por ciento) de la Asignación Básica de Nivel.

– De tres (3) o más años, el 40% (cuarenta por ciento) de la Asignación Básica de Nivel.»

 

Ahora solo resta esperar la reglamentación que definirá la implementación gradual y progresiva de los coeficientes establecidos; mientras tanto SUMAR se alista para seguir defendiendo a todos los trabajadores de la salud en la próxima reunión de paritarias.

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